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sábado, 7 de marzo de 2015

Un día necesario: El Día Internacional de la Mujer

A propósito del Día Internacional de la Mujer Trabajadora, también llamado Día Internacional de la Mujer.

Este día conmemora la lucha de la mujer por su participación, en pie de igualdad con el hombre, en la sociedad y en su desarrollo íntegro como persona.


Es un día que no debería existir, pero existe porque en la Historia, y aún hoy, hay una brecha de género entre las mujeres y los hombres que lejos de cerrarse se amplía cada vez más. Esto ocurre en todos los aspectos de la vida, siendo el más evidente y trágico el de la violencia machista. Pero también ocurre en los salarios, en la escasa presencia de la mujer en órganos de decisión, en altos cargos de la carrera judicial, en órganos de poder, incluso en el hogar.

Es uno de esos días que no deberían existir, porque parece que todo lo relativo al sujeto de la conmemoración se centra en ése día, cuando es una categoría en la que debemos estar pensando todos los días, y luchando por ella.

Pero es un día necesario, por su carácter reivindicativo, por ser una llamada a todos -personas, gobiernos, instituciones, empresas, corporaciones- para recordarnos de que la sociedad tiene un débito por cumplir.

Por eso es necesario.


Majadahonda, 7 de marzo de 2015

miércoles, 18 de febrero de 2015

Las amenazas sobre Grecia y algunas reflexiones sobre Europa

Wolfgang Schäuble, ministro de finanzas alemán, afirmó el lunes a una radio de su país:
«Siento mucho que los griegos hayan elegido a un gobierno "que se comporta de manera bastante irresponsable"».

Éstas palabras encierran una amenaza, ni siquiera matizada, que pende sobre el futuro inmediato de Grecia.

¿Es así como Alemania entiende el exigible respeto al ejercicio democrático del voto en los estados miembros de la UE?

¿Va a seguir pretendiendo dirigir los procesos electorales de los países del sur de Europa?

¿Es esta la Alemania que lidera la UE con la colaboración de una parte de los estados miembros?

Recuerdo la frase que afirma «No hay que alemanizar Europa, sino europeizar Alemania». ¡Cuánto de verdad encierra!

O el conjunto de los estados miembros de la UE asumen la diversidad de Europa, o la UE no pasará de ser un mercado común a ser una entidad política con peso propio en el contexto mundial.


Sabemos que Merkel trató de evitar que los griegos terminaran por votar mayoritariamente a Syriza; incluso promovió que Rajoy fuera al país heleno para apoyar a Samaras, líder de Nueva Democracia y primer ministro saliente. Uno de los responsables de la situación política y económica actual de Grecia, pero sumiso a los mandatos de la "troika", es decir de la política que Merkel quiere imponer en la Eurozona; no solo en lo económico-social sino en lo ideológico.

Un intento de intervención en la política interna de Grecia no basado en afinidades ideológicas, sino en intereses económicos.

Frustrado el intento, ante el deseo, libre y claramente expresado en las urnas por los ciudadanos griegos, ahora de lo que se trata es de ahogar la soberanía nacional griega, mediante la imposición de un ultimátum -que comenzó con una amenaza del BCE- a las nuevas autoridades para que acepten un nuevo rescate financiero, que supondría un aumento de su deuda soberana y la continuación de las imposiciones dictadas desde la Comisión Europea, el BCE y el FMI. Todo ello bajo la batuta del gobierno alemán.

Repasando la Historia, esta actitud de Alemania, y del Eurogrupo,   recuerda la llamada "política de las cañoneras" que ejercieron las grandes potencias a finales del siglo XIX y hasta la primera guerra mundial, pero en versión económica.

Hoy por hoy, las autoridades griegas se niegan a aceptar el ultimátum, ya que de hacerlo, quebrantarían su programa electoral y, por tanto, los deseos de sus votantes y la confianza que depositaron en Syriza.

Es cierto que la pertenencia a la UE supone una cesión, cada vez mayor, de la soberanía de los estados, pero no hasta el punto de llegar a la intromisión en sus procesos electorales internos.

Si como resultado de uno de esos procesos, el nuevo gobierno, legítimamente elegido, replantea una cuestión, como en este caso, económica, debe ser escuchado y tratar de lograr acuerdos, no lanzarle un ultimátum, que lo que realmente significa es un intento de reconducir, a favor de parte, la voluntad democráticamente expresada por un pueblo.

En este pulso, están en juego muchas cosas, entre ellas y la más importante, quebrantar el deseo de un pueblo soberano -me refiero al griego-, que ha sido muy duramente dañado por la persistencia de una política de austeridad que se ha demostrado, hasta la náusea, incapaz de mejorar la situación económica de los países en los que se ha aplicado. Que solo ha servido para aumentar la desigualdad social y arrojar a la pobreza a los más necesitados, así como a amplias capas de la clase media.

Otra de las cosas que están en juego, y muy importante, es el miedo al florecimiento de nuevos partidos, que como Syriza en Grecia, y Podemos en España, logren alcanzar el poder, constituyendo a nivel europeo una alternativa real de gobierno frente a los partidos políticos tradicionales, que en toda Europa han fracasado en la gestión de la crisis económica.

Sea por seguir a ultranza con el rigor de un modelo económico, sea por el temor a la aparición de nuevas fuerzas que ponen en cuestión una forma de hacer política, la UE debe respetar las decisiones de los ciudadanos de sus estados miembros en todos los casos, incluso si lo que se propone es la salida de la UE.

Europa sigue siendo una unión de carácter económico y, lamentablemente, no una unidad política, no una unidad de los pueblos de Europa. Domina lo económico por encima de lo político y lo social. Por tanto, la cesión de soberanía tiene mayor carga económica que política y los estados siguen siendo esencialmente soberanos, soberanía que reside en sus respectivos pueblos.

Ningún estado de la UE, por mucho que lidere económicamente ése espacio geopolítico y por mucho que haya contribuido a su consecución, tiene derecho a inmiscuirse o críticar, a través de sus dirigentes gubernamentales, los procesos y resultados electorales de cualquier otro estado miembro; mucho menos  llegar a "amenazar" con medidas económicas por el echo de que no les gusten dichos resultados.

Los nuevos modelos políticos, como Syriza y Podemos, se ha abierto paso con fuerza en los países del sur de Europa, los más castigados. Quizá ésa nueva forma de hacer política, mediante un modelo transversal de participación ciudadana, obligue a reformular la política de los estados para el siglo XXI.

Algún ajuste habrá que hacer para afrontar la realidad de que vivimos en un mundo nuevo, en el que la intercomunicación, el flujo de información, la economía y los desplazamientos de los individuos, no solo se globalizan, sino que se producen a gran velocidad, desbordando los viejos modelos sociales.

Si Europa no reflexiona al respecto y persiste en modelos políticos agotados, y no renueva su apuesta por lo social, que ha sido su sello de identidad desde el final de la segunda guerra mundial, estará abocada al fracaso respecto a su largo e intenso esfuerzo por formar una entidad propia merecedora de ser considerada una potencia política, económica y militar, fuerte en el contexto de un mundo global.

Una potencia que aporte su larga experiencia y trayectoria en pos de la civilización, con sus errores y éxitos. Pero cuna de una cultura, en su sentido más amplio, que hoy es seguida por miles de millones de personas, y en algunas de sus expresiones -arte, creación, ciencia, tecnología- admirada y utilizada por casi todos los habitantes del planeta.


Majadahonda, 18 de febrero de 2015

domingo, 8 de febrero de 2015

Primero justicia social, después caridad

Vivimos en un país en el que la desigualdad social ha aumentado en los últimos siete años de forma obscena. ¿Qué razón hay para ésto?

Las veinte personas más ricas en España poseen una fortuna similar a los ingresos del 30 por ciento más pobre de la población (casi 14 millones de personas), según un informe de la ONG Oxfam.

Un 20,4% de los españoles vive por debajo del umbral de la pobreza, es decir, uno de cada cinco habitantes de este país. Si nos referimos a los menores de 16 años se eleva hasta el 26,7%, lo que indica que más de uno de cada cuatro niños residentes en España está en riesgo de pobreza, según los datos de la Encuesta de Condiciones de Vida (ECV) difundida por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Además, el porcentaje de la población española que vive en riesgo de pobreza (20,4%) se eleva hasta el 27,3% si se utiliza el indicador AROPE (siglas de At Risk Of Poverty or social Exclusión) que es el que figura en la estrategia Europa 2020 de la Unión Europea.

La encuesta arroja otros datos preocupantes como que el 16,9% de los hogares llega a fin de mes con "mucha dificultad", al tiempo que el 41% no tiene capacidad para afrontar gastos imprevistos.

Según explica el INE: "La población en riesgo de pobreza es un indicador relativo que mide desigualdad, no mide pobreza absoluta, sino cuántas personas tienen ingresos bajos en relación al conjunto de la población".

Recientemente, el Cardenal Arzobispo de Valencia, Monseñor Antonio Cañizares, en una carta pastoral dirigida a la archidiócesis de Valencia, recuerda que se abre “un gran panorama para ejercitar la señal que identifica a los cristianos: la caridad” y agrega: “Habremos de poner todo nuestro empeño en la imaginación y la creatividad de la caridad”.

Cañizares, llama a “ser samaritanos en medio de las nuevas pobrezas”, ante la “grave y dolorosa situación social y económica por la que atraviesa Valencia”, y señala que los cristianos y las instituciones de Iglesia están “en la vanguardia de mostrar verdaderos signos de caridad y justicia”.

Monseñor quiere, según ha dicho, dedicarles el 10% de los presupuestos de la Diócesis de Valencia a los pobre, e, incluso, compartir viviendas para ayudar a madres solteras, embarazadas y víctimas de malos tratos.

Antonio Cañizares, ha propuesto, incluso, vender algunos bienes patrimoniales de la Iglesia, entre otras medidas, para atender a los pobres.

Sus palabras han llamado la atención, por ser inusuales en los miembros de la jerarquía de la Iglesia Católica española.

De echo, hoy el Sr. Arzobispo no ha mencionado ni una palabra de su propuesta en la homilía de la misa que ha celebrado en la Catedral, llena de feligreses expectantes para  escuchar nuevas propuestas de su pastor.

¡Bienvenido sea su propósito si llegara a materializarse!

Pero yo quiero poner énfasis en otro aspecto de la cuestión.  

La iglesia siempre ha predicado la lucha contra la pobreza a través de la caridad de sus miembros. Así ha sido históricamente y sigue siéndolo hoy. Lo mismo da si hablamos en el contexto de un estado laico o de un estado confesional.

Sin embargo, yo pongo por delante el cumplimiento de una justicia social antes que el ejercicio de la caridad. Es decir, requiero, exijo al estado el cumplimiento de una de sus principales obligaciones: cuidar del bienestar de sus ciudadanos en cualquier circunstancia. Dedicar, de forma prioritaria a ese fin, todos los esfuerzos y recursos necesarios, en lugar de dirigirlos hacia otros objetivos cuya prioridad no reconozco.

¿Por qué la Iglesia, que se dice incardinada en la sociedad, no clama ante los gobiernos de cada estado en pos de una justicia social, en contra de la desigualdad social que arroja fuera de la sociedad a millones de personas, a los que yo llamo "los desahuciados sociales"?

¿Por qué en España, país aconfesional o de laicidad "positiva", conforme a la tesis del Tribunal Constitucional, en un momento en el que gobierna un partido claramente confesional, no se expresa en contra de las medidas del gobierno que han arrojado a millones de personas a la pobreza; que ha provocado el suicidio de muchas personas por motivos económicos; hace dos días, sin ir más lejos, una mujer de 43 años en Zaragoza, que iba a ser desahuciada de su vivienda?

¿Por qué no levanta su voz en contra de este sistema, basado en una austeridad que pone por delante la economía de unos pocos, y que termina convirtiéndose en una limpieza étnica?

¿A caso está en peligro la millonaria aportación económica del estado a sus arcas, a sus colegios doctrinarios?

Hace pocas horas el Papa Francisco ha dicho: «Entregar dinero a la Iglesia y defraudar al estado, es una hipocresía»

Yo añado: «También es hipocresía predicar la caridad y no exigir al estado que cumpla con la justicia social ante sus ciudadanos»


Majadahonda, 8 de febrero de 2015

martes, 20 de enero de 2015

La codicia de la Iglesia y la colaboración del Estado




La voracidad de la Iglesia por los bienes públicos

La Iglesia Católica predica la pobreza entre sus miembros; y dice luchar contra la pobreza entre sus seguidores.

Yo no veo pobreza en la Iglesia, no la he visto nunca; y mirando su historia solo encuentro un afán de poder y riqueza; salvo muy contados casos, en proporción, de verdadera entrega personal por los que sufren.

Pero, claro, como soy ateo se me puede decir que no soy imparcial.
Yo creo que es al contrario, como ateo que no va contra ninguna creencia religiosa, y mucho menos contra quienes las practican -es una opción personal-, esa condición me permite observar con objetividad algunos hechos que, en este caso, atañen a la Iglesia Católica española.

Hoy quiero hablar de un suceso que viene atrayendo la atención de muchas personas y organizaciones desde 1998; también de los medios de comunicación, que periódicamente sacan a la luz pública el tema en cuestión. Me refiero a los miles de casos en los que la Iglesia Católica española ha procedido a la 'inmatriculación' de bienes inmuebles que por ese procedimiento han pasado de ser un bien de dominio público a ser un bien de su propiedad. Un hecho que, en opinión mía, ha sido posible gracias a la connivencia de PP y PSOE. O al menos, de la 'pasividad' del PSOE, al que por ello considero tan responsable como al PP de las consecuencias ocasionadas.

Los sucesos que quiero abordar tienen raíces históricas, jurídicas y políticas, por lo que, necesariamente tendremos que entrar en ésos territorios para poder encontrar una luz que nos ayude a comprender y enjuiciar los hechos. Esto puede suponer que la lectura de este escrito  resulte algo complicada, pero pondré todo mi empeño en tratar que la comprensión del texto sea lo más sencilla posible.

Comencemos por saber qué diferencia hay, desde el punto de vista jurídico entre 'propiedad' y 'dominio', así como el significado del concepto jurídico de 'inmatriculación', términos que saldrán con frecuencia en este artículo. Trataré de hacerlo de forma sencilla.
 
La diferencia entre 'propiedad' y 'dominio', consiste en que la palabra propiedad se debe ver desde el punto de vista objetivo como la relación de pertenencia del hombre (en general de la persona jurídica) sobre la cosa, mientras que la palabra dominio se debe ver desde el punto de vista subjetivo como la facultad de uso del hombre (persona jurídica) sobre la cosa. Consecuencia: el que tiene la propiedad puede venderla, el que tiene el dominio no.

Para aclarar el concepto que corresponde el término 'inmatriculación', tenemos que hacer referencia al Registro de la propiedad, un órgano administrativo en el que se recoge la relación de bienes inmuebles, su localización geográfica, descripción y límites. Acudiendo al Registro, todos podemos conocer la localización de cada bien inmueble, sus características, su propietario y las cargas hipotecarias o de otra índole que pueda tener.

Los Registros de la Propiedad fueron creados en España a mitad del siglo XIX, y están inspirados en el modelo germano.
La implantación de los Registros como nuevos mecanismos de seguridad se acompañó de la creación del Registrador de la propiedad. Los fuertes efectos de los asientos exigen un intenso control de entrada, tanto formal como material, que recibe el nombre de calificación y que constituye la función del registrador.

El Registro de la Propiedad se rige por la Ley Hipotecaria en vigor, que data de 1946, y por su correspondiente reglamento, de 1947. Desde entonces se han producido algunas modificaciones, siendo la más importante a efectos del contenido de este artículo, la que tuvo lugar, mediante un Real Decreto, en 1998.

A partir de este punto, tomo las palabras de Sara Martínez de Luis, en su artículo "La inmatriculación de una finca en el Registro de la Propiedad", publicado el 22 de septiembre de 2012 en la web "info@tuabogadodefensor.com" donde precisa con claridad el significado del término 'inmatriculación'; así como otras cuestiones que son oportunas para el objetivo de este artículo.

«Una vez definido lo qué es el Registro de la Propiedad y para qué sirve hablaremos de la primera inscripción de cada finca en el mismo es decir, la de dominio. El ingreso del inmueble al Registro puede obtenerse a través de la presentación por el interesado de cualquier título (acto, contrato o resolución judicial) por el que haya adquirido esta propiedad, si bien va a ser necesario un procedimiento para poder llevar a cabo la inmatriculación de la finca.
»Las fincas pueden proceder de otras ya inscritas, por segregación o agrupación, o bien inscribirse por primera vez a través del expediente de inmatriculación. La inmatriculación es el acceso o ingreso de una finca al Registro de la Propiedad. La finca inmatriculada cuenta con un registro particular, el folio registral, en el que se va haciendo constar toda su historia jurídica, puesto que los derechos inscribibles que no hayan tenido acceso a este registro no serán oponibles frente a terceros. Cada finca tiene asignado un número diferente y correlativo en el Registro de la Propiedad, debiendo describirse en el folio correspondiente su naturaleza, situación y linderos, medida superficial y el nombre y número que constaren en el título que se inscribe. La referencia catastral también deberá ser aportada en el momento de la inmatriculación, así como cuando se solicite la práctica de cualquier asiento.

»La inmatriculación puede llevarse a cabo mediante tres procedimientos diferentes:

1.- Mediante expediente de dominio.
2.- Mediante el título público de su adquisición, complementado por acta de notoriedad cuando no se acredite de modo fehaciente el título adquisitivo del transmitente o enajenante.
3.- Mediante el certificado a que se refiere el artículo 206 [Ley Hipotecaria de 1946] sólo en los casos que en el mismo se indican».

Respecto a este último procedimiento, se añade:

«Por último, y como procedimiento únicamente previsto para ciertos entes públicos cuando carezcan del título escrito de dominio, se podrán inscribir los bienes inmuebles que les pertenezcan mediante la oportuna certificación librada por el funcionario a cuyo cargo esté la administración de los mismos. Dichos entes públicos son el Estado, la provincia, el municipio, las Corporaciones de derecho público o servicios organizados que forman parte de la estructura política de aquél y la Iglesia Católica».

En resumen la inmatriculación es la primera inscripción en el Registro de la Propiedad de un bien inmueble, siendo un funcionario público el encargado de proceder a su inscripción cuando se cumplen los requisitos que establece la Ley Hipotecaria y el correspondiente reglamento.

La ley Hipotecaria de 1946 [artículo 206] otorga a la Iglesia Católica española la categoría de "Corporación de Derecho Público -es decir un ente público como lo es un municipio- y a los obispos la capacidad de registrar para la Iglesia cualquier propiedad sin dueño oficial. Basta para ello "la palabra" [el entrecomillado es mío] del diocesano.
Esto es, equipara al diocesano a un funcionario público. Un hecho atípico solo concebible en el contexto de una dictadura confesional.

Por el Decreto de 14 de febrero de 1947 por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario, queda establecido:

«[Los] Bienes y derechos inscribibles y títulos sujetos a inscripción
Artículo 4.°
Serán inscribibles los bienes inmuebles y los derechos reales sobre los mismos, sin distinción de la persona individual o colectiva a que pertenezcan, y, por tanto, los de las Administraciones públicas y los de las entidades civiles o eclesiásticas.

Artículo 5.°
No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, quedan exceptuados de la inscripción:
Primero. Los bienes de dominio público a que se refiere el artículo trescientos treinta y nueve del Código civil, ya sea de uso general, ya pertenezcan privativamente al Estado, mientras estén destinados a algún servicio público, al fomento de la riqueza nacional o a las necesidades de la defensa del territorio.
Segundo. Los bienes de uso público de las provincias y de los pueblos incluidos en el párrafo primero del artículo trescientos cuarenta y cuatro del Código civil.
Tercero. Las servidumbres impuestas por la Ley que tengan por objeto la utilidad pública o comunica; y
Cuarto. Los templos destinados al culto católico».

Y en el artículo 304 de dicho reglamento se afirma:
«Artículo 304.
»En el caso de que el funcionario a cuyo cargo estuviere la administración o custodia de los bienes no ejerza autoridad pública ni tenga facultad para certificar, se expedirá la certificación a que se refiere el artículo anterior por el inmediato superior jerárquico que pueda hacerlo, tomando para ello los datos y noticias oficiales que sean indispensables. Tratándose de bienes de la Iglesia, las certificaciones serán expedidas por los Diocesanos respectivos».

Es decir, el reglamento -aún en vigor- por una parte impedía a la Iglesia Católica la inmatriculación de los templos de culto (no así otros bienes), y por otra refrendaba la potestad registral y el carácter notarial de los Diocesanos.

La norma regulada por el artículo 5.4 del Reglamento Hipotecario, rigió hasta la publicación del Real Decreto 1867/1998 del 29/09/1998 que entró en vigor el 29/10/1998.
La forma jurídica adoptada de Real Decreto carecía del carácter de urgencia que requiere ése instrumento legislativo, pero encerraba un propósito: evitó llevarlo a debate al Congreso de los Diputados, donde el gobierno del PP no contaba con una mayoría absoluta, soslayando así la más que probable oposición de otras fuerzas políticas. Recordemos que en 1996 el PP obtuvo 156 diputados frente a los 141 que obtuvo el PSOE y los 21 de IU.

El Real Decreto 1867/1998 modificó, entre otros, el artículo 5 del Reglamento Hipotecario de 1947,  dejándolo en la siguiente forma:
«Artículo 5.
Los bienes inmuebles de dominio público también podrán ser objeto de inscripción, conforme a su legislación especial».

Con esta decisión, el gobierno de Aznar, en la primera legislatura en la que el PP tuvo acceso al poder, eliminó la restricción impuesta por el gobierno de Franco a la inmatriculación de los templos de culto. Ermitas, iglesias y catedrales, pero también cementerios y otras fincas, que en número desconocido se han inmatriculado desde entonces. Gracias a esta modificación, la Iglesia ha llegado a registrar la propiedad de catedrales por menos de 30 euros, el coste de la inscripción.

El número exacto de inmatriculaciones realizadas por la Iglesia Católica española en los últimos 12 años no se conoce, ya que cuando diversas asociaciones y partidos políticos han solicitado al Ministerio de Justicia -del que depende el Registro de la Propiedad- dicha información, este ha respondido invariablemente que no podía proporcionarla basándose en la Ley de Protección de Datos. No obstante, se calcula en una cantidad que ronda las 4.500, entre las que se incluyen todo tipo de edificaciones y fincas.

El procedimiento es muy sencillo:
Basta que un obispo cualquiera, con los atributos de “fedatario” o notario que la mencionada ley le reconoce, acuda al registro de propiedad -con mucho sigilo, eso sí- y declare: “Esta catedral y esas iglesias, este palacio y aquellas casas curales con sus fincas, y aquel cementerio e incluso el frontón… declaro que todo eso es propiedad de la Iglesia”. Y no hay más que decir. Y el registrador lo registrará. Y si algún colectivo de la ciudad o del pueblo, enterado del fraude eclesiástico, fuera a reclamar la propiedad inmatriculada, le dirán: “Lo inscrito inscrito está”, como dijo Pilato. Y no les quedará más que recurrir a los tribunales, pero no lo tendrán fácil, pues la ley es la ley, aunque venga de Franco.

¿Cómo y por qué hemos llegado a ésta situación? ¿Por qué la Iglesia Católica española no actuó en tiempos de la dictadura de Franco y lo hace desde 1998?

El cómo ya lo hemos explicado en lo esencial, pero vamos a hacer una recopilación:

¿Por qué la Iglesia no necesita notarios?
“Se les supone la rigurosidad a ellos”, explica el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España. Desde que se aprobó la Ley Hipotecaria en 1946, a los arzobispados les basta con alegar que una propiedad les pertenece “desde un tiempo inmemorial” para inmatricular fincas, edificios u otros espacios. Ni la administración pública ni los notarios tienen por qué verificarlo.

¿Quién equiparó su poder al de la Administración pública?
Para registrar terrenos y propiedades, Francisco Franco. En el caso de los templos, José María Aznar. La Ley Hipotecaria de 1946 permitió a la Iglesia católica (no a todas las confesiones religiosas) registrar propiedades que carecían de dueño. En 1947, el artículo 5 del Reglamento Hipotecario puso coto a la Ley Hipotecaria y excluyó “los templos destinados al culto religioso” de esta posibilidad. En 1998, el PP retiró esta excepción.

¿Cuánto le cuesta incorporar una propiedad a su patrimonio?
El precio que paga la Iglesia es de entre 20 y 30 euros. La Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro denuncia que por “el precio de una campana, sin conocimiento de los pueblos, al amparo de una ley antidemocrática, la diócesis se ha apropiado de más de mil bienes del patrimonio navarro”».

El Gobierno de José María Aznar se encargó de abrir la puerta a que la jerarquía eclesial pudiera registrar a su nombre -con gran secretismo- numerosas parroquias, ermitas e incluso cementerios o casas parroquiales que, hasta ese momento, no tenían una titularidad reconocida, si bien siempre habían sido sustentadas por los ayuntamientos o por los ciudadanos y feligreses.

Pero la Iglesia fue más allá, y no ha dudado en hacerse propietaria de edificios emblemáticos, algunos declarados Patrimonio Cultural de la Humanidad por la UNESCO.

El antecedente navarro
De un día para otro, pequeños municipios navarros fueron descubriendo que lo que creían suyo, del pueblo, porque ellos lo habían construido y mantenido, tenía otro dueño: el obispo. Descubrían con estupor que la vía que abrió Aznar en 1998, para que pudieran poner a su nombre los templos estaba dando sus frutos sin que nadie se enterara, y se organizaron para parar y revertir este fenómeno, con intervenciones políticas que han conseguido, al menos, saber cuántos templos, viviendas, viñedos, frontones y demás, estaban a nombre de la Iglesia desde ese año: 1087.

Son datos en manos del ministro de Justicia, pero un gobierno tras otro, socialistas y conservadores, no han facilitado esa cifra, tantas veces solicitada y que aún desconocen los ciudadanos. Navarra lo supo porque la petición partió de su parlamento.

Todos estos movimiento de Navarra no lograron traer el conflicto a un primer plano, o no tanto, como el salto que ha dado la polémica cuando ha entrado en juego la Mezquita de Córdoba, que se ha convertido en símbolo absoluto de las inmatriculaciones de la Iglesia por toda España. Con la mezquita, han pasado a nombre de la Iglesia la plaza del Pocito y la fuente de San Rafael, dos símbolos de la ciudad que siempre se consideraron públicos.
«No hay corresponsal de prensa extranjera que no se haya llevado las manos a la cabeza», dice Antonio Manuel Rodríguez, civilista y miembro de la plataforma Mezquita-Catedral de Córdoba, patrimonio de todos. Porque ahora la mezquita se llama mezquita-catedral -[Nota: en el momento en el que escribo este artículo la denominación es Catedral de Córdoba]-.
A Rodríguez le han entrevistado en Le Monde, en Liberation y en el New York Times. «No lo entienden, porque en Francia esos monumentos los cuida el Estado y lo que recaudan lo recauda el Estado, dice. Y la mezquita consigue 13 millones al año. «En dinero negro, porque ni se declara ni tributa».


Inmatriculaciones polémicas

Entre los templos destinados al culto, inmatriculados por la Iglesia Católica española desde 1998, destacan, por su relevancia histórica y monumental, la Mezquita-Catedral de Córdoba, la Catedral de Sevilla y la Catedral de Pamplona.

El Arzobispado de Sevilla que ha eludido contestar a las preguntas realizadas por diversos medios de comunicación sobre sus actuaciones, ni tan siquiera la de si la Catedral de Sevilla y su Giralda han sido registradas. A pesar de que la “santa, metropolitana y patriarcal Iglesia Catedral de Sevilla”, como se la nombre en el documento, está inscrita en el Registro de la Propiedad desde el 30 de abril de 2010.
Como propietario de sus 22.914 metros cuadrados, que incluyen “la parroquia del Sagrario de la Catedral y dependencias anexas”, figura el Cabildo de la Catedral y da fe de ello un solo documento: una certificación expedida el primero de abril de ese año por la Archidiócesis de Sevilla.

En el caso de la Mezquita cordobesa, el argumento es más elaborado. El expediente del Registro de la Propiedad justifica así el derecho de propiedad de la Mezquita-Catedral:
“Reconquistada la ciudad por Fernando III El Santo, el monarca dispuso que en la festividad de los santos apóstoles Pedro y Pablo del año 1236 fuera dedicada a Santa María Madre de Dios y consagrada aquel mismo día (…). La ceremonia de trazar con el báculo sobre una faja de ceniza extendida en el pavimento en forma de cruz diagonal las letras de los alfabetos griego y latino fue la expresión litúrgica y canónica de la toma de posesión por parte de la Iglesia”.
La Mezquita de Córdoba fue inmatriculada en 2006. Con la inscripción se ha generado la apariencia de propiedad privada, que se consolidará en 2016, una vez transcurrido el plazo de 10 años para la presentación de reclamaciones a la inmatriculación. Lo mismo ocurrió ése año con la Catedral de Pamplona.

No han sido solo las catedrales y grandes iglesias las que han sido objetivo de la codicia de la Iglesia. Así, parroquias como la de San Bartolomé de Xàbia (Alicante), que fue fortificada por el pueblo en el siglo XIV y que desde entonces ha sido cuidada y mantenida por los vecinos de la localidad, ha pasado a manos de la Iglesia por este procedimiento, provocando la indignación vecinal. Otro caso similar: el local que el municipio navarro de Azcona, de sólo unos 80 habitantes, utiliza desde hace años como consultorio médico ha sido ahora reclamado por la Iglesia, que lo inscribió a su nombre en los años 50, aunque su mantenimiento hasta ahora ha corrido a cargo del concejo municipal.

Una pregunta que muchos nos hemos hecho: ¿Es constitucional la Ley hipotecaria de 1946?

A este respecto he encontrado diversidad de opiniones. Como no puedo exponerlas todas, traigo aquí dos de ellas.
En primer lugar la de Alejandro Torres Gutiérrez, Profesor Titular de Universidad de Derecho Eclesiástico del Estado, del  Departamento de Derecho Público de la Universidad Pública de Navarra, opinión con la que coincido plenamente.
Comienzo con una reflexión básica del autor, refiriéndose al artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946, en el contexto actual.

«Esta equiparación de la Iglesia Católica a una Corporación de Derecho Público, propia de un Estado confesional, no era admisible constitucionalmente en un Estado laico o aconfesional, como el definido en el artículo 16.3 de la Constitución española, en virtud del cual, ninguna confesión tendrá carácter estatal».

Quiero añadir a propósito de la reflexión anterior, que la doctrina del Tribunal Constitucional interpreta en diversas ocasiones el artículo 16.3 como la consagración de la laicidad "positiva" del estado.
[Nota: He comenzado a escribir un artículo en el que trato de la ”Aconfesionalidad y laicidad del estado español" a la luz de la interpretación del Tribunal Constitucional, que espero publicar en breve]

Tras su exposición, cuya lectura recomiendo, las conclusiones del autor son:
«De lo anteriormente expuesto cabe extraer las siguientes conclusiones:

1) El principio de laicidad [también el de aconfesionalidad] impide dotar a las Confesiones religiosas del estatuto de Corporaciones de Derecho Público, no cabiendo asimilar los fines religiosos con los públicos, ni a los miembros de una Confesión religiosa, por muy cualificada que sea su posición dentro de la misma, con los funcionarios públicos.
2) Que el principio de igualdad, y la introducción de una cláusula de confesión más favorecida no aportan la solución al tema, pues aunque pudiera servir para remediar el problema desde la perspectiva del principio de igualdad si se extendiese también a todos los colectivos sociales, quedaría permanente una lesión al principio de laicidad de imposible solución.
3) Que la doctrina establecida por la Sentencia del Tribunal Constitucional 340/1993, de 16 de noviembre, respecto al artículo 76.1 del Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 24 de diciembre de 1964 es plenamente trasladable a los artículos 206 de la Ley Hipotecaria y 304 de su Reglamento, constituyendo a nuestro juicio base suficiente como para plantear cuando menos una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
En la medida que persista el mantenimiento de estos preceptos, se estará contraviniendo manifiestamente la doctrina del Tribunal Constitucional tendente a vedar cualquier confusión entre funciones religiosas y funciones estatales, recogida en el Fundamento Jurídico 4º, letra d) de la Sentencia 340/1993, y el Fundamento Jurídico 1º de la Sentencia 24/1982».

La segunda opinión que aporto, es el punto de vista, igualmente de Lourdes Ruano Espina, Catedrática de Derecho Canónico y Eclesiástico del Estado, en la Universidad de Salamanca.
Lourdes Ruano, expone, en un trabajo titulado: "Titularidad e inscripción en el Registro de la Propiedad de los bienes inmuebles (culturales) de la Iglesia" la idea de que
«El origen de esta desigualdad jurídica, contra la que clama un sector de la sociedad que no entiende que se mantengan privilegios a una religión determinada en un Estado que se dice aconfesional, es consecuencia de los siglos en los que no había separación entre Iglesia y Estado. “Al crearse el Registro de la Propiedad por la ley Hipotecaria de 1861, se entendió que los bienes del Estado, las Administraciones y la Iglesia católica no necesitaban de inscripción porque todos conocían quién era su titular y no estaban en el mercado. A raíz de las leyes desamortizadoras del siglo XIX, se hizo necesario que tanto los administradores de los bienes del Estado, como los diocesanos, elaboraran una relación de bienes exceptuados de la desamortización (que incluía a los templos dedicados al culto) [Los lugares de culto no fueron objeto de la desamortización]. La Iglesia podía disponer de esos bienes e inscribirlos, pero debía acreditar, mediante una certificación, la situación en que se encontraban tales bienes, poseídos legítima, pacífica e ininterrumpidamente en concepto de dueño desde tiempo inmemorial pero carentes de título escrito de propiedad”
»“La Ley Hipotecaria de 1946 transformó dichas certificaciones de posesión en certificaciones de dominio y las incluyó para la inmatriculación, tanto para el Estado y las Administraciones como para la Iglesia. Sin embargo, la Iglesia no ha podido inmatricular los templos destinados al culto hasta 1998, año en que se modificó la legislación hipotecaria”, añade la catedrática y autora, entre otros, de la obra "La inscripción en el Registro de la Propiedad de los bienes de las confesiones religiosas" (Aranzadi, 2005)».

Aunque Lourdes Ruano reconoce se trata de “un sistema anacrónico”, defiende que estos preceptos no tienen “nada que ver con la relación Iglesia-Estado, sino con la relación título-registro [en este punto discrepo con la autor] y se enmarcan en una política legislativa que lo que pretende es favorecer el ingreso de los bienes en el Registro”.

Estos son solo dos de los muchos estudios realizados por diversos autores sobre la cuestión de constitucionalidad.

Personalmente, soy incapaz de poder emitir una opinión sobre el fondo jurídico de la cuestión. Pero sé que de haber existido una separación real entre la Iglesia y el Estado, es decir, que constitucionalmente España se hubiera definido como un estado laico en 1978, y no como un estado aconfesional, éste expolio no hubiera tenido lugar. Un estado laico como el definido en la Constitución de la III República Francesa, hubiera permitido la promulgación de una ley similar a la Ley de Separación de las Iglesias y del Estado de 1905, aún vigente en el estado francés por estar recogida su laicidad en la Constitución de la V República.
Tampoco hubiera sido posible si se hubiese derogado por inconstitucional la Ley Hipotecaria de 1946. Algo que contempla la Disposición Derogatoria Tercera de la Constitución y que apenas ha sido utilizada.

O si no se hubieran firmado los Acuerdos entre el Estado y el Vaticano.

Los Acuerdos entre el Estado español y la Santa Sede de 1979 son cuatro acuerdos firmados por el gobierno de España y el Vaticano el 3 de enero de 1979 mediante los que se reformó el Concordato de 1953 -firmado por el gobierno franquista bajo los principios del nacionalcatolicismo-, para adecuarlo a la proclamación de la aconfesionalidad del Estado por la Constitución española de 1978.
La prontitud con que fueron firmados -solo un mes después del referéndum constitucional- es porque estos acuerdos fueron negociados y acordados por el gobierno preconstitucional de Adolfo Suárez, surgido en las elecciones del 15 de junio de 1977, antes, por tanto, de haber sido aprobada la Constitución.
Esto ha hecho dudar de su constitucionalidad, pero como recuerda el periodista Juan G. Bedoya, "nadie ha presentado en 35 años recurso contra el fondo de los Acuerdos ante el Tribunal Constitucional".

En cuanto a su contenido se ha sostenido, no sólo por sectores laicos sino también por algunos grupos católicos, que "mantienen incontables privilegios del franquismo en asuntos jurídicos, económicos y en la enseñanza". Así el colectivo Cristianos de Base y la Asociación de Teólogos y Teólogas Juan XXIII han pedido al gobierno de Mariano Rajoy la denuncia de los mismos porque «consagran para la Iglesia católica numerosos privilegios y lastran el genuino sentido del cristianismo». Estas críticas de sectores católicos progresistas comenzaron en el mismo momento en que se conocieron los contenidos de los acuerdos. Unas 250 personas, entre ellas teólogos y sacerdotes, se manifestaron ante la nunciatura de Madrid en enero de 1979 para protestar por la sola existencia de tales acuerdos. Uno de los manifestantes, el teólogo Juan José Tamayo recuerda: «Eran unos acuerdos que venían negociándose desde mucho antes de la Constitución y seguían siendo un Concordato encubierto que, amparándose en la confesionalidad encubierta del artículo 16.3. llena de privilegios a la Iglesia católica».

También han criticado los Acuerdos las otras confesiones religiosas presentes en España. La Alianza Evangélica respecto a que se enseñe la religión en las escuelas públicas ha manifestado: «La enseñanza religiosa es un derecho y deber de los padres, que pueden compartir con la institución confesional que consideren más adecuada: parroquia, mezquita, sinagoga, iglesia u otro lugar idóneo. Es básico el principio de la aconfesionalidad del Estado. De acuerdo con este principio de separación entre el Estado y las diferentes confesiones, la escuela pública no debe impartir ningún tipo de enseñanza confesional».

Los sectores laicos también los han criticado. El presidente de Europa Laica ha manifestado: «No hay nada en esos artículos [16.3 y 27.3 de la Constitución] que obligue a los Gobiernos ni siquiera a la existencia de los Acuerdos, mucho menos a pagar los salarios de obispos y sacerdotes, o de miles de profesores de Religión y moral católica en las escuelas públicas»

Aconfesionalidad o laicidad, éste es quid de la cuestión. El pivote sobre el que giran cuestiones de gran importancia en la vida de los españoles, cuestiones que afectan a derechos públicos y de la esfera privada.

La Iglesia Católica, no pudo llevar a cabo la inmatriculación de los templos de culto, durante el periodo de la dictadura franquista, porque una ley franquista se lo impedía. Parece una contradicción en un país rotundamente confesional.
¿Por qué se introdujo esa reserva? Quizá porque se daba por hecho que ya eran propiedad de la Iglesia desde hacía mucho tiempo, y lo que se pretendía era evitar que cualquiera hiciera la inmatriculación de los templos. Pero si fuera así, ¿por qué evitar que la Iglesia protegiera 'sus bienes' de las ventajas de figurar en el Registro de la Propiedad?
Es tentador pensar que el dictador, hombre cruel y devoto al mismo tiempo, pero también profundamente desconfiado, lo que quiso fue proteger de la Iglesia algo que él consideraba patrimonio de todos los españoles, de España; 'su España', naturalmente.

La verdadera razón para la excepción a la inscripción de los templos se fundaba en que esos inmuebles estaban afectos a una suerte de servicio público, el culto, gestionado por la Iglesia.
Sin embargo, como señalan los firmantes del artículo titulado "La Iglesia privatiza las iglesias" recogido en la publicación Dominio Público el 18/07/2014, a la cabeza de los cuales se encuentra Fernando Martínez Pérez, Profesor Titular de Historia del Derecho en la  UAM
«La gestión de ese servicio no determina la titularidad sobre los inmuebles. La Iglesia, en modo alguno, puede considerar que, sólo por el hecho de que un inmueble se haya destinado al culto, su posesión lo sea como “dueña”. En los reglamentos hipotecarios de 1915 y 1947 también se establecía que si estos bienes de dominio público, destinados a un uso o utilidad pública, o templos destinados al culto “cambiara de destino adquiriendo el carácter de propiedad privada” se llevaría a cabo la inscripción con arreglo a esas disposiciones reglamentarias».
¿Entonces, por qué la Iglesia Católica española se lanza compulsivamente a la inmatriculación de bienes públicos, entre ellos los templos de culto?
Diversas fuentes eclesiásticas afirman que por seguridad jurídica. ¿Seguridad jurídica sobre lo que no le pertenece, sobre lo que es de dominio público de todos los españoles?
Yo lo traduzco en lenguaje llano en un simple «Si no lo hago ahora, pueden cambiar las circunstancias y quedarme sin lo que digo que es mío»

Fuera por lo que fuese, el hecho es que fue el PP, el partido conservador-confesional-reaccionario de la derecha española, el que, en cuanto tuvo la oportunidad, derogó aquella limitación legal, como si de una deuda impagada se tratara. Inmediatamente la Iglesia se puso en marcha para llevar a cabo un proyecto perfectamente trazado, en su estrategia y táctica.  

Casualmente, en 1994 había sido nombrado arzobispo de Madrid Antonio María Rouco Varela, y en 1998 el Papa Juan Pablo II lo nombró cardenal en el consistorio del 21 de febrero de 1998. Fue Presidente de la Conferencia Episcopal Española de 1999 a 2005, y posteriormente de 2008 a 2013.

No puedo afirmar que Rouco jugara papel alguno en lo que, para mí, es una estrategia perfectamente diseñada y acordada con el estado español, pero tampoco puedo decir que no lo tuviera.

En esta estrategia PP y PSOE se han repartido los papeles. Por qué si no, durante la etapa del gobierno de Zapatero, no se puso coto al expolio de un patrimonio que pertenece a los españoles. La inmatriculación de la Mezquita de Córdoba y la Catedral de Pamplona tuvieron lugar en 2006, un momento dulce del gobierno de Zapatero; el PSOE gobernaba en Andalucía, no es posible que no fuera informado.

El PSOE no podía abrir la puerta a la Iglesia para que comenzara las inmatriculaciones. Tenían que esperar la llegada del PP al poder. Aznar lo hizo y Zapatero lo mantuvo; y ahora Rajoy pretende cerrarlo con una reforma que otorga un plazo de un año para cerrar lo que quede por hacer.

No soy en absoluto un "conspiranoico", pero creo que mi interpretación de los hechos es plausible. Cuando la política y el interés económico se mezclan no creo en las casualidades, creo en planificaciones, estrategia y táctica. Y en este caso todo eso lo veo con claridad.

Es mi opinión, ahora os toca a vosotros, a los que hayáis llegado hasta este punto del relato, extraer vuestras propias conclusiones.


Majadahonda, 19 de enero de 2015

jueves, 11 de diciembre de 2014

Amistad y Amor

¿Por qué duele más la ruptura en el amor que en la amistad?

La amistad y el amor son sentimientos semejantes y distintos al mismo tiempo.

Amistad implica amor y amor implica amistad. Pero amar es una sublimación del sentimiento que no puedes controlar, al menos hasta que se convierte en cariño auténtico.
En la amistad sí existe ese control.

Cuando cualquiera de esos sentimientos se rompen, el alma sufre y lo hace con la misma intensidad; si te has entregado en ambos.
La ruptura de cualquiera de ellos supone un fracaso.

Hay que tener en cuenta, también, la historia de las partes. Tanto en la amistad como en el amor, la entrega es asimétrica; siempre una de las partes lo hace más que la otra.

En la amistad como en el amor, no es posible la simetría, sencillamente porque se trata de dos individuos intrínsecamente distintos. Amistad y amor funcionan si hay complementaridad y respeto mutuo. En el amor, se añade otro componente que es la atracción física o sexual, aunque, en muchos casos, el resultado final de ese componente sexual termina no siendo igualmente satisfactorio para las dos partes.

Si duele más la ruptura en el amor, es porque, en las circunstancias habituales, amor implica proyectos de futuro, mientras que la amistad no necesariamente.

Así, la ruptura en el amor también significa que esos proyectos desaparecen, y el que se siente abandonado tiene que enfrentarse no solo al vacío que ha dejado la pareja, sino también a la incertidumbre del futuro. Creo que ésa es la diferencia fundamental. Lo demás es mala poesía.

Sin embargo, mi experiencia me ha enseñado que hay circunstancias en las que el amor no precisa de la existencia de un proyecto común de futuro, por ejemplo, si al menos una de las partes tiene una edad significativamente mayor que la otra, o está enferma. En los dos casos hablar de futuro es complicado. Pero, ¿implica eso que no puede surgir el amor?; yo creo que no.

Incluso, más allá de la ensoñación, puede resultar un amor más desinteresado y sincero que cualquier otro anterior.


Majadahonda, 12 de diciembre de 2014.

viernes, 14 de noviembre de 2014

Mirando una fotografía



Soy un amante de la fotografía, de casi cualquier género de fotografía.
Me gusta la fotografía sociodocumental de Sebastião Salgado, me estremecen las magníficas fotografías tomadas por corresponsales de guerra que captan instantes inolvidables del sufrimiento al que la guerra lleva a la población civil. También me gusta el paisajismo, la fotografía de la naturaleza y la vida animal, la fotografía urbana y los retratos. Me gustan mucho los desnudos femeninos, porque para mí la estética del cuerpo desnudo de la mujer es algo sublime y lleno de posibilidades fotográficas.

Desde muy joven comencé mis pinitos como fotógrafo, montando un rudimentario laboratorio en el cuarto de baño de la casa de mis padres. Con el tiempo fui adquiriendo experiencia, acceso a un buen equipo fotográfico y mis fotos fueron ganando en calidad. Hace ya mucho tiempo que todo éso quedó atrás, pero mantengo mi gusto por la buena fotografía.

La fotografía, como otras formas de arte, es una mezcla de capacidades innatas del autor y técnica. El fotógrafo debe saber ver lo que otros no ven y captar el instante con el mejor encuadre y la luz adecuada. Después vendrá el trabajo de laboratorio que permite mejorar el original obtenido. Pero si el original no es bueno nada puede lograrse en el laboratorio.
Naturalmente hablo de fotografías no manipuladas mediante las modernas técnicas informáticas.

Lo que hoy quiero transmitir es mi forma de mirar una foto sencilla de un paisaje sencillo.

Míradla. Es una foto, en mi opinión,  bellísima. Técnicamente perfecta. Con un reparto de los espacios perfecto.

La imagen recoge el aire, el agua y la tierra. Los tres elementos en los que se desarrolla la vida.

Se aprecian las diferentes texturas. El equilibrio de los sobrios colores es perfecto.

La escalera que desciende hacia el mar, domina toda la parte inferior de la imagen, mientras que las rocas del acantilado, con su color oscuro a esa hora del día, contrasta con la clara arena de la pequeña cala. Las rocas, junto a los bordes de la escalera aportan volumen.

¿Pero qué destaca sobre todo? ¿A dónde se nos van las ojos?

A mí, en primer lugar, a la línea del horizonte. Perfectamente recta. Esa línea delimita con nitidez la parte superior de todo lo demás y se impone al conjunto.

¡Una simple línea recta!

En segundo lugar, la gran masa tornasolada de agua, aparentemente lisa gracias a la iluminación que proporciona un cielo levemente gris, y el momento, cercano a la puesta del sol.

El agua y la tierra se reparten las tres cuartas partes de la imagen aportando un equilibrio perfecto de espacios y tonos.

El resultado final para mí es una fotografía bella. Sencilla pero no simple. Una fotografía que invita al sosiego.

Agradezco a Jorge do Carmo su publicación en twitter.

Dedicado a mi querida amiga Luz.

Majadahonda, 14 de noviembre de 2014.

jueves, 6 de noviembre de 2014

La política española en la encrucijada

En este artículo pretendo aporta mi particular análisis de la situación política actual y de cómo puede evolucionar en el futuro inmediato. No pretendo abrir ningún debate, solo exponer mi opinión.

Cada generación tiene sus valores, pero hay un conjunto de valores morales y éticos, comunes a todas las culturas, que tienen un carácter canónico. El resto evolucionan de forma natural con el tiempo.

El modelo de estado que surgió de la transición de la dictadura franquista a una democracia formal está agotado. Esto es algo evidente. No funciona en el momento actual porque surgió en unas condiciones de excepcionalidad que hoy, afortunadamente, no existen.

No solo el paso del tiempo es causa de su falta de adecuación, también lo es el desgaste sufrido por la perversión introducida en su funcionamiento y en las instituciones básicas del estado por los partidos políticos tradicionales, esencialmente PSOE y PP, y también los sindicatos mayoritarios UGT y CC.OO., patronales e instituciones financieras así como la persistencia de la Iglesia Católica de mantener su presencia en la vida civil pública. Y más, el desistimiento de la ciudadanía a ejercer su papel de vigilancia de la 'cosa pública', limitándose a ejercer como "ciudano-votador" por comodidad, inercia, falta de educación ciudadana... También como fruto del clientelismo que abonan los partidos políticos y por la ausencia de mecanismos que facilitaran ésa función de vigilancia .
Recurriendo al dicho popular: «Entre todos la mataron y ella sola se murió».

Con el curso de los años la derecha -a nivel nacional- llegó agruparse primero en AP y luego en PP, pero no cambió; sigue manteniendo básicamente los principios fundamentales de la derecha española tradicional, convencida que posee el derecho natural a gobernar este país. Pienso que tal vez de existir un partido de extrema-derecha, con todo lo que supone, hubiera supuesto una oportunidad para que en España hubiera un partido conservador homologable con los del resto de Europa.

Por su parte, los partidos de izquierda han ido desnaturalizando su discurso cada vez más, llegando al riesgo de su desaparición. Este un hecho que afecta a toda la izquierda europea y cuya raíz, en opinión mía, descansa en la creencia de que los nuevos tiempos llevaban a la desaparición de la lucha de clases como factor dialéctico de tensión social, gracias a la existencia de una próspera y amplia clase media. La globalización mundial, basada -perversamente- en los mercados industriales y financieros de las grandes corporaciones, junto con la actual crisis económica, se han encargado de quitarles la razón. El aumento de la desigualdad social en el mundo demuestra que la diferencia entre clases persiste y que la igualdad de oportunidades es una quimera en muchos países; entre ellos el nuestro.

El resultado en España es un país en el que la corrupción domina la escena pública, las instituciones carecen de credibilidad, la desconfianza en los partidos políticos tradicionales es absoluta, y por tanto en su capacidad de resolver los problemas. A ésto se suma la desigualdad social, el paro en general y el juvenil en particular, la pérdida de servicios públicos, la desconfianza en la independencia judicial, el índice de pobreza infantil, la falta de perspectiva de futuro  etc., etc., etc.

En resumen, el fracaso de un sistema.

¿Cuáles son las perspectivas de futuro inmediato?
Esperar que los que han generado el problema sean capaces de solucionarlo es ingenuo. Luego solo queda:
1) La posibilidad de que la solución venga desde fuera del sistema.
2) Que se produzca un cambio, una catarsis en el seno de las fuerzas políticas que desemboque en una refundación total de las mismas, sin la participación de sus actuales dirigentes y sin envolver todo ello en el "gatopardismo" del «Si queremos que todo siga como está, necesitamos que todo cambie».
3) O ambas cosas a la vez.
Para mí ésta no sería la solución óptima pero sí la mejor. Aunque no la veo probable en el corto plazo.

Tras las elecciones europeas de mayo el mapa político español ha cambiado por la brillante aparición de Podemos, que ha trastocado los planes de todos los partidos tradicionales, incluidos los nacionalistas.
Su discurso, su capacidad de comunicación y la imagen de su líder, ha penetrado con fuerza y rapidez en los ciudadanos que están profundamente descontentos con el devenir de los partidos y su respuesta a la crisis del sistema, a su incapacidad para impedir el desastre político, económico y social de este país. Ésos ciudadanos que confían en Podemos abarcan todas las edades y simpatías políticas, haciendo de Podemos una opción transversal potencialmente capaz de arrancar votos al resto los partidos políticos y convertirse en una de las primeras, sino la primera, opción de voto para los españoles.

No es posible aventurar, y mucho menos pronosticar lo que sucederá tras las elecciones generales, Podemos ha decidido no presentarse a los comicios municipales aunque parece que si lo hará a las autonómicas. Haré un intento basándome en datos recientes: las encuestas de Metroscopia y CIS, ambas prácticamente coinciden en sus resultados.

Ayer el CIS publicó los resultados de una encuesta sobre intención de voto. En estimación directa de voto los resultados son: Podemos en primer lugar con 17,6% seguido por PSOE con 14,3% y PP con 11,7%. En estimación de voto sobre votos válidos los resultados son: PP con 27,5% PSOE con 23,9% y Podemos con 22,5%. Las únicas conclusiones que podemos hacer son:
1.- El bipartidismo pierde mucha fuerza pero no desaparece totalmente.
2.- Podemos se convierte en la tercera formación política con opciones de gobierno.
3.- Estos tres partidos dominan la escena política, pero es pronto para vaticinar cuál será el orden en el que se colocarán tras las elecciones generales. Los resultados de las autonómicas aclararán las perspectivas.
4.- Cualquiera que sea el resultado de las generales lo más probable es que ninguno pueda gobernar sin recurrir a coaliciones de gobierno con otras formaciones.

El escenario más probable tras las elecciones generales de 2015 es el de un Congreso más fragmentado, con Podemos como representante de una opción radical -no antisistema- que de momento se nutre esencialmente de votantes de IU, PSOE, UPyD y en menor medida del PP (5,3%), descontentos del sistema tradicional de partidos. El PSOE detiene su caída pero no remonta con fuerza. El PP parece mantener una fidelidad de voto suficiente para que su descalabro no sea mayor. IU es la fuerza que más pierde (41%) en su expectativa de voto. UPyD también pierde votos pero en menor proporción,

Los probables resultados electorales obligarán a la formación de coaliciones postelectorales de gobierno, no a pactos puntuales, y aquí se abre una incógnita que solo los resultados definitivos de las elecciones permitirán afrontar.

De mantenerse básicamente este dibujo electoral, será muy difícil lograr un consenso suficientemente amplio para abordar una reforma a fondo de la Constitución y mucho más emprender un proceso constituyente. Sin embargo, es tal el clamor de cambio político e institucional, que el nuevo Congreso tendrá que enfrentarse a modificaciones profundas en algunos aspectos concretos, en los que se podrían alcanzar acuerdos mayoritarios. Me refiero a ley de transparencia, a , una reforma fiscal auténtica que contemple medidas antifraude y una fiscalidad más progresiva, blindar la sanidad y educación públicas así como la ley de dependencia, derogación de leyes aprobadas en la actual legislatura. Denuncia de los acuerdos con la Santa Sede y mayor presencia de la aconfesionalidad que reconoce la vigente Constitución.
En el aspecto económico la derogación de la reforma introducida en el artículo 135 de la CE, reestructuración de la deuda pública, una nueva ley laboral, reforma de la ley hipotecaria, establecimiento de la prohibición de ejecución de desahucios y cortes energéticos en período invernal, reducción drástica del riesgo de pobreza infantil, control de las empresas de producción y comercialización de electricidad, gas y derivados del petróleo, formación de un mix energético con presencia mayoritaria de la producción de energía renovable.
Formulación de un modelo productivo que no genere burbujas económicas e independiente de la estacional, cuyo objetivo sea la reindustrialización del país con base en empresas con capacidad de aportar, mediante la I+D+i, mayor valor añadido, posibilidades de exportación y no contaminantes.
Un modelo de explotación agropecuario basado en la industrialización alimentaria cercana al productor. Protección, no subvenciones, de los precios en origen y persecución de las malas prácticas de intermediarios. Recordemos que nuestro modelo se basa en una economía social de mercado, según recoge la Constitución, y no en una economía de libre mercado.
En fin, estas son algunas de las iniciativas que, en mi opinión, debería abordar la próxima legislatura.

Si se producen los pactos de gobierno que creo indispensables para la gobernación del país, a la vista de los probables resultados electorales, la responsabilidad va a recaer en el PSOE que soportará grandes presiones para formar coalición con el PP. Desde mi punto de vista no lo aceptarían sus votantes y supondría un suicidio político para ésa formación.
Por otro lado considero improbable una coalición con Podemos.

Si no se forman coaliciones, se abren dos escenarios: a) la posibilidad de una nueva convocatoria electoral. b) llegar a una legislatura perdida.
Prefiero no pensar en esa posibilidad.

En resumen, ya ha comenzado un largo periodo electoral que puede abarcar todo 2015, salvo que el Sr. Rajoy nos sorprenda con un adelanto electoral que reuna las municipales y autonómicas con las generales. Es una posibilidad no descartable pero que considero con baja probabilidad de cuajar por dos razones; la primera por la previsibilidad del Sr. Rajoy, que ha manifestado en muchas ocasiones su propósito de agotar la legislatura. La segunda porque lo fía todo a que el tiempo hará que la mejora económica -la que solo ve él y sus ministros- se haga más perceptible para los ciudadanos. Aunque ante el parón que afecta a Francia, Italia y Alemania ya ha obligado a revisar a la baja la perspectiva de crecimiento.

En cualquier caso, los ciudadanos no deberíamos dejarnos llevar por la "seguridad" de lo ya conocido a la hora de decidir nuestro voto, al contrario, debemos hacer un balance de cómo el gobierno actual nos ha tratado durante estos años, qué ha mejorado y qué ha empeorado no solo en nuestra situación personal sino en el conjunto de la sociedad española. Si estamos satisfechos de la labor desarrollada por los ministros nombrados por el Sr. Rajoy o no. Si hemos ganado o perdido en nuestras libertades...

No debemos dejarnos llevar por la iniquidad del miedo e incertidumbre sembrados en torno a Podemos precisamente por los que van a ser sus competidores en las urnas. No estaremos más seguros gobernados por los que son responsables de la situación actual. El miedo lleva "al silencio de los corderos cuando son llevados al sacrificio".

Si confiamos en que alcanzaremos  una democracia real y moderna para este país, ella y nuestra memoria serán las que nos protejan de volver al camino que nos ha traído a la situación actual.


Majadahonda, 6 de noviembre de 2014